Por mayoría de votos la Suprema Corte aprobó los criterios que deben seguir los órganos del Poder Judicial, para atender las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos Inés y Valentina. (Expediente varios 1396/2011).
Para atender asuntos en los que el delito de violación se traduce en un acto de tortura y para que se garantice el acceso a la justicia, a mujeres indígenas.
En estos casos deberán aplicar las tesis jurisprudenciales que ha emitido la Primera Sala en su mayoría, en este tipo de casos.
“Relativas a asegurar el derecho humano de acceso a la tutela jurisdiccional conforme a una impartición de justicia con perspectiva de género, tomando en cuenta la especial situación de vulnerabilidad de las personas indígenas, máxime cuando además se está en el caso de menores de edad quienes por esa sola circunstancia deben ser sujetos a la mayor protección estatal posible”,
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