La Segunda Sala consideró válido otorgar mayores beneficios a los militares que se retiran con 30 años de servicio efectivo.
Un elemento de las Fuerzas Armadas que acumuló este tiempo mediante abonos dobles de servicio impugnó esta disposición por considerar que viola los principios de igualdad y no discriminación.
Los ministros rechazaron sus argumentos, ya que se trata de situaciones distintas y la ley busca reconocer la permanencia efectiva en el servicio activo.
Además al prestar 30 años de servicio consecutivos y efectivos, el militar en retiro ya no puede reincorporarse a la vida productiva.
Lo que sí es factible para los militares que acumulan 30 años de servicio mediante abonos dobles de servicio.
En otro juicio, una empresa consideró que la norma que la obliga a presentar constancias del pago del derecho por el uso del espacio aéreo viola su garantía de audiencia y de seguridad jurídica.
La corte…
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